Como usuario a utilizar nuestro servicio de alquiler de plazas de garaje en Vista Alegre, Madrid, te amparan una serie de derechos que es importante conocer. Ya hicimos cierta aproximación en el post anterior, pero en este queremos entrar más a fondo en el tema de la normativa que rige en este tipo de espacios.

Decíamos que la ley a la que debemos atender no incluye a los aparcamientos gratuitos ni a las zonas de estacionamiento limitado (ORA). La ley por lo tanto se aplica a todo aquel aparcamiento en el que el cliente ha de pagar un ticket. Se trata, según recoge el texto en cuestión, de aparcamientos como los de Garaje Cuesta en los que “una persona cede, como actividad mercantil, un espacio en un local o recinto del que es titular, para el estacionamiento de vehículos de motor, con los deberes de vigilancia y custodia durante el tiempo de ocupación, a cambio de un precio determinado en función del tiempo de estacionamiento”.

Los titulares de este tipo de aparcamientos están obligados a facilitar al usuario un justificante o resguardo donde conste la fecha y hora para a partir de ahí fijar el precio del estacionamiento. Ha de constar la matrícula del coche y quedar anotado si se le hace entrega o no de las llaves al propietario del garaje. Esto último en nuestro servicio de alquiler de plazas de garaje en Vista Alegre, Madrid no es necesario. En los parkings la ley obliga a que los precios estén a la vista de los usuarios. Las hojas de reclamaciones tienen que estar a disposición de los clientes. Como usuario tienes obviamente una serie de obligaciones que cumplir. Además de abonar el aparcamiento antes de retirar el coche, tienes que atender a las normas e instrucciones marcadas por el responsable del aparcamiento. El resto las veremos en entradas posteriores de este blog.